Requisitos
Generales para todas las becas y ayudas
Cursar un grado B, un módulo profesional o FEMPO, de formación profesional financiado por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de marzo de 2027.
Estar inscrita como persona demandante de empleo desempleada en el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB).
Específicos según el tipo de beca o ayuda
LÍNEA 1 (becas para personas mayores de 16 y menores de 30 años)
Tener más de 16 y menos de 30 años el día de inicio de cada grado B, un módulo profesional o FEMPO.
Finalizar el grado B, módulo profesional o FEMPO con aprovechamiento (apto).
En el caso de tratarse de una beca por una persona con una discapacidad, debe haber finalizado el grado B, módulo profesional o FEMPO; en este caso, debe estar inscrita como persona con discapacidad en la oficina de empleo en la fecha de inicio del curso y hacer constar esta condición en la hoja de demanda del grado B o FEMPO.
LÍNEA 2 (becas para personas a partir de 30 años)
Tener 30 o más años el día de inicio de cada grado B, módulo profesional o FEMPO.
Haber estado inscrita en el SOIB o en otro servicio público del Sistema Nacional de Empleo como demandante de empleo desempleada durante al menos cuatro meses dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al día de la incorporación a cada grado B, módulo profesional o FEMPO
Finalizar el grado B, módulo profesional o FEMPO con aprovechamiento (apto).
En el caso de tratarse de una beca por una persona con una discapacidad, debe estar inscrita como persona con discapacidad en la oficina de empleo en la fecha de inicio del curso y hacer constar esta condición en la hoja de demanda de la acción formativa. del grado B, módulo profesional o FEMPO.
LÍNEA 3 (Mujeres víctimas de violencia de género)
Acreditar la condición de mujer víctima de violencia de género
LÍNEA 4 (Ayudas de transporte)
Sólo deben cumplir los requisitos generales
LÍNEA 5 (Ayudas para manutención)
Tener que desplazarse de un municipio a otro con una distancia mínima de 30 kilómetros y que las clases se impartan tanto por la mañana como por la tarde.
LÍNEA 6 (Ayudas para alojamiento y manutención, que también podrán incluir los gastos de transporte entre islas)
Tener que desplazarse entre las islas, con un motivo justificado para asistir a los cursos
LÍNEA 7 (Ayudas de conciliación)
Tener a su cargo a niños menores de 12 años o familiares dependientes hasta el segundo grado, que convivan con la persona solicitante, siempre que al inicio de cada grado B, módulo profesional o FEMPO no tenga rentas de cualquier tipo superiores al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Documentación a presentar
La indicada en el apartado 6 del anexo de la convocatoria
Modelos:
Plazo máximo
Cursos iniciados antes de la publicación de la convocatoria: 3 meses desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB
Cursos iniciados a partir de la publicación de la convocatoria: desde el día de inicio de cada grado B, módulo profesional o FEMPO hasta 3 meses después del día de finalización de cada grado B, módulo profesional o FEMPO.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol.
Tel.: 971177900
- Fax: 971176342