avisoCookies

Visualización del menú

Selector de idioma

caes
|


Visualización del menú

logo-white

Selector de idioma

caes

Ruta de navegación

Torna

Publicador de contenidos

Convocatoria de subvenciones 2022 para instalaciones fotovoltaicas y microeòliques dirigida a particulares y comunidades de propietarios (Programa Operativo FEDER 2021-2027)

Convocatoria de subvenciones 2022 para instalaciones fotovoltaicas y microeòliques dirigida a particulares y comunidades de propietarios (Programa Operativo FEDER 2021-2027)

Convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 para el fomento de instalaciones de energía solarfotovoltaica y microeòlica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del ProgramaOperativo FEDER 2021-2027 (BOIB núm. 180, de 30/12/2021)

Fotopar2022 03 01ca 20 febrero 2024

Actuaciones subvencionables: Se pueden recibir ayudas para las actuaciones de autoconsumo individual o colectivo siguientes:

1)  Para personas físicas con domicilio en las Islas Baleares son subvencionables:

 a) Las nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo con una potencia de pico de hasta 5 kWp. Quedan excluidas las instalaciones que disponen de un dispositivo que impida el vertido instantáneo de energía a la red de distribución.

 b) Las nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica aisladas, en edificios o instalaciones sin conexión a una red eléctrica de distribución, con una potencia de pico de hasta 5 kWp.

 c) Las nuevas instalaciones microeòlicas con una potencia de pico de hasta 5 kW. Los molinos tienen que integrarse en el paisaje.

 d) Los sistemas de acumulación de ión litio en instalaciones aisladas con capacidad de acumulación de hasta 30 kWh, y que tengan una garantía mínima de funcionamiento certificada por el fabricante de cinco años.

2)  Para comunidades de propietarios de las Islas Baleares:

 a) Las nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo con una potencia de pico de hasta 100 kWp. Quedan excluidas las instalaciones que dispongan de un dispositivo que impida el vertido instantáneo de energía a la red de distribución.

 b) Las nuevas instalaciones microeólicas con una potencia de pico de hasta 10 kW. Los molinos tienen que integrarse en el paisaje.

Todas las instalaciones deben disponer de un sistema de monitorización de la energía eléctrica.

 

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:


a) Las personas físicas que tenguin domicilio en las Islas Baleares que no realicen ninguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.


b) Las comunidades de propietarios que lleven a cabo las instalaciones establecidas en el apartado 4 de la convocatoria en las viviendas o instalaciones que se ubiquen en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

 

Presentación de solicitudes

  El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 17 de enero de 2022 y finaliza el 29 de julio de 2022.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del enlace que se adjunta. No obstante, aquellas personas físicas que no tengan medios para realizar la tramitación online, podrán presentarla a cualquier registro de la administración, teniendo en cuenta que se tiene que solicitar cita previa (más información a la web http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=4221437&coduo=6&lang=se).

 

Plazo para la justificación de la actuación: El plazo para finalizar las instalaciones y justificar su realización será de 3 meses desde la concesión de la subvención por los particulares y de 6 meses para las comunidades de propietarios. Esta fecha de justificación nunca podrá ser posterior al 31 de octubre de 2022.

 

Cuantía de las ayudas: 

Ver el apartado noveno de la convocatoria.

 

Estas ayudas están cofinanciadas con Fondos FEDER

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las personas físicas que tenguin domicilio en las Islas Baleares que no realicen ninguna actividad económica por la cual ofrezcan bienes y/o
servicios en el mercado.
b) Las comunidades de propietarios que lleven a cabo las instalaciones establecidas en el apartado 4 de esta Resolución en las viviendas o
instalaciones que se ubiquen en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

Documentación relacionada​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​

IMÁGENES RELACIONADAS

Fotopar2022 03 02ca

Fecha de actualización: 20 febrero 2024


Comparte