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Comunicación de las flotas de vehículos de las empresas de alquiler de vehículos, así como las grandes y medias emprendidas que sustituyan anualmente más del 30% de sus vehículos

Comunicación de las flotas de vehículos de las empresas de alquiler de vehículos, así como las grandes y medias emprendidas que sustituyan anualmente más del 30% de sus vehículos

La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, establece, en su artículo 60, que las empresas de alquiler de vehículos, así como las grandes y medias emprendidas que sustituyan anualmente más del 30% de sus vehículos, deben cumplir los porcentajes mínimos de adquisición de vehículos libres de emisiones establecidos en el anexo y comunicar a la administración todas las unidades de vehículos que dispongan estas empresas en todo momento.

La resolución del  Consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 13 de mayo de 2019 establece el procedimiento para la comunicación de las flotas de vehículos indicando que se tendrán que comunicar antes del 30 de junio de 2019, y, en todo caso, siempre que se modifique la flota de vehículos.

Por este motivo, en el siguiente enlace, encontraréis el trámite telemático con el fin de realizar las comunicaciones de la flota de vehículos, donde se tendrá que adjuntar el formulario excel adjunto con todos los vehículos, guardado en formato PDF.

 

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