Reconocimiento de interés sanitario
El reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico se regula según la Orden de 19 de junio de 1984, publicada en el BOE de 2 de julio de 1984.
¿Qué se puede reconocer como interés sanitario?
Actos de carácter científico de ámbito nacional o internacional organizados por entidades públicas o privadas y que promuevan la difusión de ciencias y técnicas relacionadas con la salud.
Procedimiento
- Presentación del formulario (Sede electrónica).
- Revisión de documentación.
- Resolución de reconocimiento de interés sanitario firmada por el director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación.
- La entidad organizadora tiene que enviar a la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación las conclusiones del acto en un término de 2 meses desde la fecha de realización del acto.
¿Cómo se tiene que solicitar el reconocimiento de interés sanitario?
Se ha de presentar a través de la sede electrónica.
https://www.caib.es/seucaib/es/200/personas/tramites/tramite/1542923/
Contacto:
Servicio de Formación Sanitaria
Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación
Correo electrónico de contacto: stafc_ib@caib.es
La solicitud se ha de presentar con una antelación mínima de tres meses a través de la sede electrónica.
Documentación que hay que presentar:
- Fotocopia del CIF de la entidad organizadora.
- Programa científico a desarrollar, que debe incluir una síntesis de las comunicaciones o ponencias, así como la fecha y el lugar de realización de la actividad.
- Presupuesto económico donde conste la cuota de los asistentes y otras fuentes de financiación.
- Documento justificante del pago de tasas (modelo TG046).
- Currículum de la entidad organizadora donde conste:
- Nombre de la entidad.
- Domicilio social.
- Junta directiva.
- Número de socios o miembros que la integren (sólo exigible en caso que el solicitante sea una asociación).
- Publicaciones que edita la entidad.
- Actos científicos y/o de interés sanitario organizados por la asociación o la entidad en los últimos cinco años.
Una vez se ha obtenido el reconocimiento:
La entidad organizadora ha de tramitar a la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación las conclusiones del acto en un plazo de 2 meses des de la fecha de realización del acto.
Referencia legal:
Organismo: Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación
Correo electrónico de contacto: stafc_ib@caib.es
Teléfono: 971176112