INCORPORACIÓN DE NUEVOS VEHÍCULOS A LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO

Transporte de mercancías en vehículos de más de 3.500 kg de M.M.A.

Para la adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de mercancías ya existente, así como la substitución de alguno de los ya adscritos.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se deberá presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Plataforma de gestión de las autorizaciones de transporte interior del Ministerio competente en transportes.

REQUISITOS:

1. El vehículo tiene que estar matriculado en España y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

2. La capacidad financiera de la empresa deberá de ser suficiente en relación con el número de vehículos resultante de la nueva adscripción.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) En el caso de que se disponga el vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, se deberá aportar el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

b) Ficha técnica y permiso de circulación del/de los vehículo/s.

c) El último Impuesto de Sociedades presentado por la empresa.

d) Documento de ingreso de la tasa.

e) Tasa certificado. Sólo para vehículos con una M.M.A. superior a 6 toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas, incluidas las cabezas tractoras, para la emisión del certificado a presentar ante de la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación i/o transferencia (art. 106 Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social).